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- Proyecto de Orden por
PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES QUE HABILITEN PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE MAESTRA/O EN EDUCACIÓN INFANTIL
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 92, conforma la profesión de Maestro en Educación Infantil como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial de Grado.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007, establece las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil.
En virtud de dicho acuerdo y en relación con la disposición adicional novena del derogado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se estableció la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se aprobó la Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil.
Esta orden tiene como objetivo actualizar la Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, cuya vigencia ha superado los quince años, y adaptarla a las nuevas necesidades del contexto actual relacionado con este tipo de enseñanzas oficiales, así como a los requisitos establecidos por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
La disposición adicional duodécima del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece que el Ministerio de Universidades precisará los contenidos específicos a los que habrán de ajustarse las solicitudes para la obtención de la verificación de los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado o de Máster Universitario que habiliten para el acceso y ejercicio de una profesión regulada.
Por lo tanto, a la vista de las disposiciones citadas, resulta procedente establecer los requisitos a los que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de Grado que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestra/o en Educación Infantil, que presenten las universidades para su verificación por el Consejo de Universidades.
El proyecto de norma consta de un preámbulo y su parte dispositiva se estructura en un artículo único, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y un anexo.
El plazo para presentar alegaciones se iniciará el 24 de febrero de 2023 y concluirá el 17 de marzo de 2023.
Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico participacionpublica.sgu@universidades.gob.es, haciendo constar en ellas:
– ASUNTO CORREO: Alegaciones audiencia pública Orden Educación Infantil 2023.
– Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
– Organización o asociación (si corresponde).
– Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las alegaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la alegación, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.
Las alegaciones recibidas con posterioridad al 17 de marzo de 2023 no serán tenidas en cuenta, dejando de estar operativo el buzón participacionpublica.sgu@universidades.gob.es para la recepción de estas alegaciones.