Consulta Pública Previa - Espacio para la participación

  1. Consulta pública previa sobre

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE EL PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES QUE HABILITEN PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE MAESTRO/A EN EDUCACIÓN INFANTIL

De conformidad con lo previsto en los artículos 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se convoca, con carácter previo a la elaboración de la disposición de referencia, una consulta pública en la que se recabará la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Los eventuales interesados podrán participar remitiendo sus contribuciones de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, publicado por la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre. A tal efecto podrán remitirse las contribuciones a la siguiente dirección de correo electrónico: participacionpublica.sgu@universidades.gob.es

La consulta pública estará abierta desde el 20 de diciembre de 2022 hasta el 12 de enero de 2023 inclusive, y, al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre el proyecto:

El antecedente inmediato es la Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil.

Esta norma fue aprobada en el contexto de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que, en su artículo 92, conforma la profesión de Maestro en Educación Infantil como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión de correspondiente título oficial de Grado.

De acuerdo con el artículo 12.9 del derogado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se estableció la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se aprobó el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007, que establece las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil.

En virtud de dicho acuerdo y en relación con la disposición adicional novena del mencionado real decreto, se aprobó la Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre.

La publicación del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad requiere la actualización de la norma cuyo proyecto es objeto de esta consulta previa.

Este proyecto normativo pretende la adaptación de los planes de estudios que conducen a la obtención de los títulos de Grado que habilitan para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en Educación Infantil a lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

La aprobación del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, y la experiencia acumulada de la aplicación de la Orden ECI/3854/2007 hacen necesaria una revisión de su contenido.

Esta orden tiene como objetivo actualizar la Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil, cuya vigencia ha superado los quince años, y adaptarla a las nuevas necesidades del contexto actual relacionado con este tipo de enseñanzas oficiales, así como a los requisitos establecidos por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre.

Teniendo en cuenta la motivación y los objetivos expuestos en los apartados anteriores, solo puede apreciarse como alternativa al mismo el no adoptar medida alguna. Pero dado que el objeto del proyecto de orden constituye, a juicio de este Departamento, una necesidad regulatoria en coherencia con el contexto normativo y en atención a la seguridad jurídica, la única herramienta jurídica posible para la consecución de los objetivos previstos es la aprobación de una nueva orden.

El plazo para presentar aportaciones iniciará el 20 de diciembre de 2022 hasta el 12 de enero de 2023, ambos inclusive.

Las aportaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico participacionpublica.sgu@universidades.gob.es, haciendo constar:

  • ASUNTO CORREO: Aportaciones consulta pública previa sobre el “Proyecto de Orden por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en Educación Infantil”.
  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
  • Organización o asociación (si corresponde).
  • Contacto (correo electrónico).

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la aportación, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.