Canal interno de información

  1. Canal interno de información

En aplicación de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Ministerio de Universidades ha habilitado:

  • Un canal interno de información.
  • Una estrategia, que recoge los principios fundamentales del sistema.
  • Un procedimiento de gestión del sistema de información interno.
  • Una persona responsable del sistema de información interno.

¿Qué es el canal interno de información?

Es el medio preferente para que las personas con una relación laboral o profesional puedan informar directamente a los responsables del Ministerio sobre infracciones graves o muy graves que tengan relación con la actividad propia del mismo.

Permite la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas, si así lo decide la persona informante. En caso contrario, al hacer la comunicación, el informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones.

El canal interno de información permite garantizar la confidencialidad y la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado. Igualmente, permite las garantías de protección al informante previstas en el Título VII de la Ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

¿Qué tipos de informaciones o denuncias pueden remitirse?

Las informaciones que se tramiten en este canal se deben circunscribir a presuntas actuaciones que infrinjan el ordenamiento jurídico, de forma grave o muy grave, en el ámbito de competencias del Ministerio, obtenidas en una relación laboral o profesional.

No se admitirán a trámite aquellas denuncias relativas al funcionamiento de otras administraciones diferentes, aunque relacionadas con el Ministerio, tales como las propias universidades u otros organismos autónomos, en su mayoría dependientes de las comunidades autónomas. Estas instituciones igualmente cuentan con su propio canal para este fin.

Tampoco es un canal adecuado para solicitud de información, reclamaciones, quejas o sugerencias en el ámbito de la gestión de procedimientos propios del Ministerio, que cuentan con espacio en la sede electrónica propia del departamento.

¿Cómo se usa el canal interno de información?

El canal interno de información permite realizar comunicaciones por escrito, mediante un formulario o verbalmente, mediante un archivo de voz, o de ambas formas. 

A solicitud del informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días. En ese caso, se advierte al informante de que la comunicación será grabada y sus datos serán tratados de acuerdo con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

Las comunicaciones verbales, incluidas las realizadas a través de reunión presencial, telefónicamente o mediante sistema de mensajería de voz, deberán documentarse de alguna de las maneras siguientes, previo consentimiento del informante:

a) mediante una grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible, o

b) a través de una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de tratarla.

Sin perjuicio de los derechos que le corresponden, de acuerdo con la normativa sobre protección de datos, se ofrecerá al informante la oportunidad de comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma la transcripción de la conversación.

Se puede acceder a través del siguiente link: https://minuniversidades.canaldenuncias.com

En el sitio anterior, puede igualmente dejar una grabación de la denuncia presentada.

Por motivos de seguridad e independencia, el enlace a este canal abrirá una nueva ventana a un sistema alojado por un tercero, lo que garantiza su absoluta independencia, y si así lo desea, su anonimato.

También puede utilizar el correo postal:  Inspección de los Servicios del Ministerio de Universidades. Calle Poeta Joan Maragall, nº 41, planta 12 . 28046 Madrid

Y el teléfono 913286292.

Los organismos dependientes de este Ministerio cuentan con su propio canal interno de información:

Canales externos de información

Están disponibles canales externos de información, para informar de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, y, cuando proceda, a instituciones, organismos o agencias de la UE:

ESTRATEGIA Y PROCEDIMIENTO DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE INFORMEN SOBRE INFRACCIONES NORMATIVAS

Estos documentos responden a la obligación que establece el artículo 5.2 h) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción de contar con una política o estrategia que enuncie los principios generales en materia de sistemas internos de información y defensa del informante, que elabora la Subsecretaría del Ministerio.