Becas, ayudas y premios universitarios

  1. Ayudas a la

AYUDAS A LA MOVILIDAD PARA ESTANCIAS BREVES Y TRASLADOS TEMPORALES DE BENEFICIARIOS FPU. CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA

TÍTULO

Becas y ayudas para la movilidad.

ESTADO DE LA CONVOCATORIA

Cerrada.

PLAZOS DE SOLICITUD

22/06/2020-30/09/2020.

DESCRIPCIÓN GENERAL

Las ayudas para estancias breves y traslados temporales, adaptadas en esta convocatoria extraordinaria al Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, tienen por objeto financiar movilidades para reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda. 

Periodo extraordinario

Las Estancias breves y Traslados temporales deberán efectuarse entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Modalidades

  • Estancias Breves

Su duración será de 2 o 3 meses, excepcionalmente, podrán tener 1 mes de duración si el destino es en un centro ubicado en España.

  • Traslados Temporales

Tendrán una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses.

Número de ayudas

  • 550 ayudas para Estancias breves.
  • 30 ayudas para Traslados temporales.

Requisitos

  • Estancias Breves
    • Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a nueve meses o hayan completado un periodo igual o superior a nueve meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a la ayuda FPU en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo del periodo de duración máxima de la ayuda FPU.
    • Si estas personas, encontrándose en activo, no cumplieran el requisito anterior, al menos, deberán haber completado nueve meses de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados.
  • Traslados Temporales
    • Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a 24 meses de la ayuda FPU.

El máximo número de estancias breves que podrán disfrutarse a lo largo de los cuarenta y ocho meses será de tres y de un traslado temporal, y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas, no pudiendo exceder el periodo de vigencia de la ayuda a la FPU.

Dotación

  • Ayuda para alojamiento y manutención. Una dotación diaria para manutención de 25 € para las estancias en España y hasta un máximo de 50 € para estancias en el extranjero, en función del país de destino.
  • Ayuda en concepto de gastos de viaje para destino en el extranjero: un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
  • Una ayuda de hasta 200 € mensuales para financiar los gastos del seguro de accidentes y de asistencia médica, en aquellos casos en los que el desplazamiento sea a países en los que no tenga validez la tarjeta sanitaria europea.

Más Información

  • La suma de todos los periodos subvencionados, sea en concepto de traslado temporal o de estancias breves, no podrá superar el periodo máximo para ausencias establecido en la convocatoria FPU.
  • Tanto los traslados temporales como las estancias breves habrán de efectuarse en su totalidad dentro del periodo para el que hayan sido concedidas las ayudas complementarias, que no podrá exceder del periodo de vigencia de la ayuda a la FPU, incluidas las posibles prórrogas a causa de las medidas excepcionales como consecuencia del COVID19.

 

OTROS DATOS DE INTERÉS

Acceso al servicio online

Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria
  • Hasta el 30 de septiembre de 2020 a las 14:30 h (horario peninsular)

Presentación de la solicitud

La solicitud se cumplimentará a través de los formularios accesibles en la sede electrónica del Ministerio de Universidades apartado correspondiente a «Trámites y Servicios», y deberá ser firmada por el solicitante mediante alguno de los siguientes sistemas: DNI-e, certificado electrónico reconocido por las Administraciones Públicas o con claves concertadas que al registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, se proporcionarán a los solicitantes que no dispongan de firma electrónica.

Junto a la solicitud se aportará la siguiente documentación:

Evaluación de las solicitudes

Atendiendo a las medidas excepcionales tomadas para frenar la pandemia ocasionada por el COVID-19, el proceso de evaluación y selección constara de dos periodos. En un primer periodo se evaluarán y seleccionarán las solicitudes presentadas hasta el día 31 de julio de 2020 y que vayan a realizar la estancia en el año 2020. En el segundo periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2020, se evaluarán y seleccionarán el resto de solicitudes presentadas

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión Técnica, que estará integrado por los expertos que realizarán y organizarán su trabajo por las áreas científicas de la clasificación de la ANEP.

La evaluación de solicitudes se efectuará en régimen de concurrencia competitiva dentro del área ANEP en la que se encuentren encuadradas, pudiendo ser valoradas hasta un máximo de 100 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a, hasta 40 puntos, valorándose en este apartado:

  • Estado de desarrollo de la tesis (publicaciones, comunicaciones a congresos y otros resultados que se hayan obtenido hasta la fecha y en los que figure el doctorando como autor). 20 puntos.
  • Relación del proyecto a realizar durante la estancia con el contenido y con los objetivos de la tesis doctoral. 10 puntos.
  • Plan de trabajo propuesto durante la estancia con relación al estado actual del proyecto de tesis. 10 puntos.

2. Historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a, hasta 20 puntos. En este apartado se valorará:

  • Contribuciones del grupo de investigación de destino correspondientes a los últimos cinco años (publicaciones, patentes y/o proyectos de investigación del grupo de investigación de destino). 10 puntos.
  • Relación de la actividad investigadora del grupo de destino con el contenido de la tesis doctoral y con el proyecto a realizar. 10 puntos.

3. Interés científico y viabilidad del proyecto duración de la estancia solicitada, máximo 40 puntos. En este apartado se valorará:

  • Relación de la duración de la estancia con el estado actual de desarrollo de la tesis doctoral. 10 puntos.
  • Adecuación de su duración con el proyecto a realizar durante la estancia. 20 puntos.
  • Interés de la estancia y su duración con la mejora de la formación predoctoral del beneficiario de la ayuda. 10 puntos.

Finalizada la estancia o traslado, la persona beneficiaria de la ayuda deberá presentar en su centro de adscripción la memoria final de la estancia, el certificado del centro receptor de que la misma ha tenido lugar y otro certificado de reincorporación a su centro en España.

Estos documentos se encuentran a continuación, así como un tutorial para el envío de los mismos y una recopilación de las preguntas más frecuentes.

También está a disposición de las personas beneficiarias el formulario necesario para solicitar el cambio de fechas de la estancia concedida, así como para comunicar la renuncia a la misma.

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse a través del correo electrónico: estanciasbreves.fpu@universidades.gob.es

Las consultas específicas relativas a la presentación de la memoria al finalizar la estancia o el traslado pueden realizarse a través del correo electrónico: seguimiento.cte@universidades.gob.es

Código SIA

200487